TSJ prorroga por 30 días actividades judiciales por el COVID-19

Los órganos jurisdiccionales tomarán previsiones para que no sea suspendido el servicio público de administración de justicia

Entérate24.com- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó 30 días de suspensión de causas y lapsos desde el 12 de julio hasta el 12 de agosto, en el marco de la cuarentena colectiva, social y voluntaria que se cumple para frenar el brote del COVID-19.

Mediante la resolución N° 005-2020 el Máximo Tribunal resolvió prorrogar el lapso que estableció que ningún Tribunal despacharía desde el 12 de junio hasta el 12 de julio de 2020, porque persisten las circunstancias de orden social que ponen gravemente en riesgo la salud pública y la seguridad de los ciudadanos.

Esta medida va en concordancia con las políticas adoptadas por el Ejecutivo nacional tendientes a la implementación de medidas urgentes, efectivas y necesarias, de protección y preservación de la salud de la población venezolana.

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“Sin que pueda de manera organizada y en planificación por parte del personal del Poder Judicial, coadyuvar de manera eficiente con la concreción de la tutela judicial efectiva y demás garantías de acceso a la justicia, procurando en todo momento la existencia de personal de guardia en las jurisdicciones que lo requieran, para atender asuntos urgentes y fundamentales según la ley”, reza el documento legal.

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RESOLUCIÓN No. 005-2020 del #prorroga por treinta (30) días de suspensión de #causas y #lapsos desde el 12 de julio hasta el 12 de agosto de 2020 #REPÚBLICA BOLIVARIANA DE #VENEZUELA #TSJ TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA #SALAPLENA Caracas, 12 de Julio de 2020 RESOLUCIÓN N° 005-2020 El Tribunal Supremo de Justicia en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 267 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con las previstas en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, determinantes en la dirección, gobierno y administración del Poder Judicial, dicta la presente Resolución. CONSIDERANDO… CONSIDERANDO Que en fecha 12 de junio de 2020, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia dictó resolución número 004-2020, mediante la cual resolvió prorrogar el lapso que estableció que ningún Tribunal despacharía desde el 12 de junio hasta el 12 de julio de 2020, ambas fechas inclusive, excepto en los casos establecidos en esta. CONSIDERANDO Que persisten las circunstancias de orden social que ponen gravemente en riesgo la salud pública y la seguridad de los ciudadanos y las ciudadanas habitantes de la República Bolivariana de Venezuela debido a la pandemia COVID-19, y cónsono con las políticas adoptadas por el Ejecutivo Nacional tendientes a la implementación de medidas urgentes, efectivas y necesarias, de protección y preservación de la salud de la población venezolana; sin que pueda de manera organizada y en planificación por parte del personal del Poder Judicial, coadyuvar de manera eficiente con la concreción de la tutela judicial efectiva y demás garantías de acceso a la justicia, procurando en todo momento la existencia de personal de guardia en las jurisdicciones que lo requieran, para atender asuntos urgentes y fundamentales según la ley. RESUELVE PRIMERO: Se prorroga por treinta (30) días, el plazo establecido en la Resolución número 004-2020, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia el 12 de junio de 2020. En consecuencia, ningún Tribunal despachará desde el 12 de julio hasta el 12 de agosto de 2020, ambas fechas inclusive.

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